NOTA DE PRENSA
CONAP SALUDA LA UNÁNIME APROBACIÓN DE LA LEY DE CONSULTA PREVIA Y EXHORTA AL ESTADO EN SU CONJUNTO A SU ÓPTIMA IMPLEMENTACIÓN
Esta Ley debe ser parte fundamental del proceso de reconciliación entre el Estado Peruano y los Pueblos Indígenas, y de una verdadera política de inclusión social. Debe constituirse en un medio para crear condiciones de confianza y de paz social.
CONAP se caracteriza por ser una Organización Representativa Nacional propulsora del diálogo intercultural y de una sostenible cultura de Paz, que busca el esfuerzo indígena conjunto y constructivo en aras del efectivo ejercicio d e los derechos específicos que nos corresponden como Pueblos Indígenas.
En ese sentido es undamental una Ley de Consulta Previa que desarrolle integralmente lo consagrado por el Convenio 169 de la OIT, así como la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Peruano, respetando el consenso logrado en mayo del 2010 por el Congreso de la República y las Organizaciones Representativas Indígenas.
Es por ello que saludamos la unánime a probación de la Ley de Consulta, en tanto se ha basado en el contenido de la Autógrafa de la Ley de Consulta Previa, aprobada el 19 de mayo del 2010, la cual contó con el consenso unánime de las Organizaciones Representativas Indígenas. Así mismo cabe hacer énfasis que dicha Autógrafa es acorde con el Documento Final de la Mesa Nº 3 “Sobre Derecho a la Consulta” del Grupo Nacional de Coordinación para el Desarrollo de los Pueblos Amazónicos, así como con el Convenio 169 de la OIT.
El Poder Legislativo tenía la obligación legal, moral e histórica de aprobar esta Ley de Consulta, razón por la cual CONAP confía en que su concreción debe ser parte fundamental del proceso de reconciliación entre el Estado Peruano y los Pueblos Indígenas, y de una verdadera política de inclusión social.
Siendo que los Pueblos Indígenas del Perú hemos sido excluidos histórica y estructuralmente durante nuestra vida republicana, CONAP exhorta al Estado en su conjunto a implementar adecuadamente esta Ley de Consulta Previa, en aras de un efectivo ejercicio de nuestros derechos específicos como Pueblos Indígenas, y sobre todo, en beneficio de todos los peruanos. Esta Ley y su implementación deben constituirse en un medio, en un mecanismo para crear condiciones de confianza y de paz social, que es lo que requiere nuestro país para su desarrollo.
23 de agosto de 2011.
Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú – CONAP
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